Opinión
Con una noticia explicada a medias y sacada de contexto, la calle virtual esta semana pidió por la cabeza de los tres jueces de la Corte Suprema. El resentimiento como camino a la acción política podría estar dirigido a donde en verdad corresponde.
Por estos días estoy leyendo Un millón de cuartos propios
(2025), el último libro de Tamara Tenenbaum, un ensayo que la
autora hizo a partir de un encargo que llevó adelante de realizar una nueva
traducción de Un cuarto propio, el clásico feminista de Virginia
Woolf publicado en 1929. El libro de Tamara es una serie de ensayos que, en
conversación con el libro de Woolf, abarca algunos temas para tratar de
entender la realidad de nuestra sociedad del Siglo XXI.
Entre los ensayos que forman el libro de la autora
argentina, el que más me llamó la atención fue el que trata sobre el resentimiento.
En este capítulo, Tamara expone sobre la idea de resentimiento según el pensamiento
del escritor británico Mark Fisher. Para Fisher, el resentimiento debía
verse como algo bueno, siempre que el mismo nos llevara a la acción política, para
lograr cambios en las condiciones de nuestra sociedad que generan injusticia y desigualdad.
Así, se diferencia el resentimiento (resiento a las clases dominantes que me
tienen precarizado en beneficio de sus bolsillos, a través de este sistema
económico de explotación), de la envidia (envidio a mi par trabajador que tiene
apenas un poco más de cosas que yo). De esta forma, Fisher entiende que el
sentimiento de resentimiento tiene un gran poder para mover a las masas y
lograr algo más que una mera queja de algo que no me gusta, a través de una
historia de Instagram.
Casi como si el país me quisiera dar un ejemplo en vivo y en
directo (porque en este país se aburre el que quiere solamente), esta
semana se dio un hecho que generó muchísima indignación en redes sociales. El martes
de esta semana, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó sentencia en el
expediente
C.E.C.I.M. La Plata c/ PEN s/ amparo ley 16.986
, en la que el Centro de Ex
Combatientes Islas Malvinas La Plata presentó una acción de amparo con el fin
de que se declare la inconstitucionalidad y nulidad del art. 154 del DNU
70/2023, en cuanto el mismo deroga la ley conocida como Ley de Tierras, la cual
le ponía un límite a la venta de tierras nacionales a capitales extranjeros. La
Corte dictó sentencia rechazando la demanda promovida por los ex combatientes,
por lo que el DNU que habilita la venta de tierras quedó operativo.
Entre tanta circulación que tuvo esta noticia en redes sociales,
el resentimiento de la gente estuvo dirigida contra los tres ministros de la
Corte Suprema: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo
Lorenzetti fueron el objetivo de la cancelación más reciente de internet en
términos políticos.
Por supuesto que el resentimiento de la gente es totalmente
entendible. Con el discurso de que se busca atraer inversiones extranjeras,
el gobierno oficialista quiere vender la promesa de generación de puestos de trabajo y entrada de divisas
al país. La realidad suele mostrar otra cosa: si el capital extranjero explota
un área de recursos naturales, lo único que le termina quedando al país es la
contaminación por quien no cuida las formas de extraer estos recursos mediante
un sistema sostenible para el ecosistema. O sin hacer un análisis demasiado
técnico, queda ese sentimiento de indignación al ver venderse el territorio
nacional al mejor postor, literalmente viendo como se remata el país a los
amigos del poder.
Curiosamente, el resentimiento de las personas esta semana
estuvo dirigido contra el único de los tres poderes del Estado que hizo lo que
tenía que hacer. La Corte Suprema de Justicia rechazó la demanda presentada por
los excombatientes con el motivo de que estos no tenían legitimación activa
para haber interpuesto la demanda que presentaron. ¿Qué quiere decir “legitimación
activa”? se preguntarán ustedes. Para explicarlo de manera fácil, la
legitimación activa es la potestad de reclamar ante un juez cuando veo afectado
un derecho mío. Su cara opuesta es la “legitimación pasiva”, que es la aptitud
de que lo demanden a uno, porque uno violó el derecho de otra persona. Si yo,
por ejemplo, quiero ir a presentar una demanda laboral frente a un juez porque a
mi vecino lo echaron de su trabajo sin pagarle, el juez me va a decir “señor,
que venga a reclamar su vecino, no usted. Usted no es el legitimado activo”.
La Constitución Nacional prevé, en su artículo 86, justamente a una figura que sí tiene legitimación procesal para este tipo de reclamos. Estoy hablando del Defensor del Pueblo, cuya misión es defender los derechos y garantías de la Constitución, justamente frente a actos u omisiones de la administración (es decir, del Poder Ejecutivo). Pero adivinen qué: hace más de 17 años que ningún gobierno ha designado a un Defensor del Pueblo, desde que en abril de 2009 dejara el cargo Eduardo Mondino. Desde entonces, se han sucedido cuatro gobiernos, dos peronistas, uno macrista y el actual gobierno libertario, sin que ninguno haya querido impulsar, mediante el Congreso de la Nación, la designación de un Defensor, quien justamente tiene la misión de controlar al Poder Ejecutivo.
De esta manera, la Corte Suprema (y de hecho, esto lo aclara
la propia Corte en su sentencia) nunca dijo si el DNU 70/2023 que derogó la Ley
de Tierras es legítimo ni constitucional. La Corte resolvió rechazar la demanda
por qué explicó que los excombatientes de Malvinas no tienen la capacidad de
representar a todo el pueblo argentino (no tienen la legitimación activa) para plantear
la inconstitucionalidad del DNU, ni que tampoco se estaba afectando un derecho
de incidencia colectiva. El fallo de la Corte Suprema puede gustar o no gustar,
pero el mismo resulta jurídicamente correcto.
Por supuesto la noticia del fallo de la Corte fue utilizada
de forma política (y no veo mal que se discuta políticamente lo que
resuelve, justamente, uno de los tres poderes del Estado) para generar este
sentimiento de resentimiento en la sociedad hacia los jueces que dictaron el
fallo. Tanto desde el peronismo, como referentes de la izquierda como Myriam
Bregman y Nicolás del Caño, calificaron al fallo como vergonzoso.
Siendo votante del Frente de Izquierda hace diez años, aún así tengo la
capacidad de disentir con la opinión de estos referentes, por qué la resolución
de la Corte es sacada de contexto a propósito, llegando la información de forma
parcial a una inmensa mayoría de la sociedad que no está formada en derecho.
Aun así, siempre es interesante y hasta diría que importante
que ante estas situaciones, se despierte la indignación y el resentimiento de
la sociedad, pero aún más importante que, tal como lo dice Fisher, este
resentimiento se transforme en acción política, una acción que mediante la
presión social lleve a nuestras instituciones a realizar los cambios sociales a
favor del pueblo y no a favor de los más poderosos. Sin embargo, el
resentimiento del pueblo en este caso ha pedido las cabezas equivocadas. Se
está dirigiendo toda la bronca contra los miembros del único poder que ha
actuado conforme se lo pide la Constitución Nacional. Por qué los fallos de la
justicia pueden agradar o no, pero los jueces no pueden bajo ningún concepto
fallar de acuerdo con el termómetro social de lo que le gusta a la gente, en
vez de resolver conforme al derecho.
Me gustaría en cambio que la gente, entendiendo cuál es el
rol de cada poder del Estado, dirigiera su resentimiento contra aquellos
funcionarios que han provocado esta situación: el Poder Ejecutivo, en la cabeza
de Javier Milei, que ha dictado este DNU inconstitucional por donde se
lo mire; y el Poder Legislativo, específicamente a los diputados que se vienen
haciendo distraídos para no terminar de rechazar el DNU 70/23 (el peronismo
incluido), tal como lo ha hecho el Senado en marzo de 2024. Así quizás podamos
empezar a redirigir ese resentimiento hacia donde realmente se necesita para lograr
los cambios sociales que queremos, en vez de pedir la cabeza de tres chivos
expiatorios.
JMR
0 Comentarios